Las personas que tienen diferentes deudas a menudo sufren varios peligros inminentes, como la posibilidad de un embargo que pueda hacerles perder sus bienes o vivienda, especialmente si continúan aumentando diferentes deudas.

Como en Préstamos con Asnef somos expertos en soluciones para personas endeudadas, vamos a explicar de forma detallada cuándo el embargo se convierte en una posibilidad real. 

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¿Hay una deuda mínima por la que pueden embargar?

Aunque muchas personas creen que el embargo viene derivado de la cantidad debida, lo cierto es que en cuanto se debe algo de dinero, se corre el riesgo de terminar sufriendo un embargo

En otras palabras, actualmente, no existe una cantidad o deuda mínima por la que las entidades financieras puedan embargar a una persona endeudada, sino que a partir del primer impago un acreedor ya puede solicitar un embargo. 

No obstante, sí es mejor deber menos dinero, puesto que así las posibilidades de disminuir la deuda aumentan y, por tanto, eliminar la posibilidad de embargo también será más factible.

¿Cuánto se procede a un embargo?

Para que se pueda efectuar un embargo, generalmente se deben cumplir tres requisitos mínimos: 

  • Cuando el deudor tiene bienes a su nombre que se pueden embargar. 
  • Cuando un Juez ordena el embargo.
  • Cuando se puede comprobar la existencia y el impago de la deuda. 

Si se dan estas tres situaciones a la vez y, tras reclamar la deuda judicialmente, la persona endeudada no puede hacer frente al pago, se procederá a realizar el embargo según el orden estipulado en el artículo 592 del Código Civil.

¿Qué es lo que se embarga cuando se sufre una demanda de embargo?

Por suerte, no todos los bienes son embargables y la persona endeudada tiene la posibilidad de determinar qué pertenencias quiere que se embarguen cuando no pague sus cuotas. 

Lo habitual es embargar aquellos bienes que sean fáciles de vender y que no sean imprescindibles, pero ¿qué ocurre con aquellas personas que no tienen tantos bienes? ¿Qué es lo que se embarga en ese caso?

Aunque la Ley de Enjuiciamiento Civil determina que no se pueden embargar bienes cuyo valor exceda la cantidad de lo endeudado, si el deudor solo tiene esos bienes, serán habilitados para el embargo, independientemente de su valor. 

Es decir, que aunque debas menos cantidad de lo que vale tu vivienda, si esta es tu única posesión, podrá ser embargada en caso de que tengas deudas.

¿Cómo evitar un embargo?

La forma más popular de evitar un embargo es acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad, que permite cancelar la deuda y evitar el embargo de forma temporal. No obstante, para poder hacerlo es necesario cumplir una serie de requisitos, como no haber rechazado un trabajo en los últimos 4 años y no deber más de una cierta cantidad, por lo que muchas personas con varias deudas no pueden permitirse hacerlo. 

En esos casos, la mejor solución es solicitar dinero rápido para poder liquidar la deuda y así evitar el embargo. En Préstamos con ASNEF somos expertos en préstamos de capital privado para personas endeudadas y, por eso, ofrecemos mucha flexibilidad y soluciones rápidas y efectivas.

Si te encuentras en un apuro y crees que vas a sufrir una demanda de embargo, ¡contacta con nosotros! Te ayudaremos a salir de la situación de la mejor manera posible.