Muchas personas lo ignoran, pero las deudas con Hacienda prescriben, como todos los tipos de deuda que existen. De hecho, esta es una de las características principales de las deudas, que no duran para siempre.
La ley establece plazos para poder reclamarlas y, si ese tiempo caduca, se considera que la deuda ha prescrito y no podrá reclamarse.
Por eso hoy, en este artículo de Préstamos con Asnef, vamos a contarte qué implicaciones tiene este hecho y cuándo prescriben las deudas.
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¿Qué significa que prescriba una deuda?
Si una deuda prescribe, es decir, si pasa un tiempo determinado de impago y nadie reclama ese dinero, el acreedor pierde su derecho a exigir el pago. Por tanto, no se puede reclamar y la persona deudora ya no tiene por qué realizar devolver el dinero.
En otras palabras, la deuda desaparece. Sin embargo, para que esto suceda tienen que coincidir distintos factores.
¿Cuándo prescribe una deuda con Hacienda?
Generalmente, según la Ley General Tributaria, a los 4 años prescriben las deudas con Hacienda. Esta norma está recogida en el artículo 66 de esa misma ley y decreta que ese es el plazo concreto en el que la Administración tiene derecho tanto a liquidar la deuda o exigir el pago de las mismas.
También es el mismo período de tiempo que los contribuyentes tienen para solicitar devoluciones que deriven de la normativa de cada tributo, de los ingresos indebidos o para solicitar el reembolso de coste de ciertas garantías. Es decir, se tienen 4 años para obtener dichas devoluciones.
¿Hasta cuándo se pueden reclamar las deudas con Hacienda?
Como hemos dicho, la ley establece que se tienen 4 años para solicitar el pago de una deuda. No obstante, eso no quiere decir que el proceso acabe ahí. Si la deuda se reclama, aunque sea en el último momento, el plazo se reinicia, así que se tienen otros 4 años para realizar el pago.
Este proceso se puede repetir tantas veces como sea necesario y, en cada momento que Hacienda reclame la deuda, el plazo se ve interrumpido y comienza de nuevo. Por eso resulta tan difícil que las deudas de Hacienda prescriban totalmente y existe esa leyenda urbana de que de hecho no pueden prescribir.
Aunque es cierto que si Hacienda no se percata de tu deuda y nunca realiza la reclamación, la deuda sí puede llegar a prescribir y nadie te hará una reclamación por ellas, no suele suceder. Especialmente ahora que está todo automatizado y los recordatorios de pago se envían de forma automática.
Casos en los que se interrumpe el plazo de prescripción de las deudas con Hacienda
El artículo 66 de la Ley General Tributaria establece que las deudas con Hacienda prescriben a los 4 años y en el artículo 68 se recogen los casos en los que la deuda con Hacienda se ve interrumpida. Hay distintos tipos:
Para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación
Esto puede suceder en los siguientes casos:
- Por cualquier acción de Hacienda que implique el reconocimiento, regularización, comprobación, liquidación o autoliquidación de la deuda.
- Por la interposición de reclamaciones o recursos concretos, independientemente del tipo que sean.
- Por las actuaciones hechas con conocimiento formal del obligado tributario.
- Por la remisión del tanto de culpa a la jurisdicción penal.
- Por la presentación de denuncia ante el Ministerio Fiscal.
- Por la recepción de la comunicación de un órgano jurisdiccional en la que se ordene que se paralice el procedimiento administrativo en curso.
Para exigir el pago de las deudas tributarias liquidadas y autoliquidadas
El plazo se ve interrumpido en los siguientes casos:
- Por cualquier acción de la Administración Tributaria para recaudar la deuda.
- Por la realización de reclamaciones o recursos, sean del tipo que sean.
- Por las actuaciones hechas con conocimiento formal del obligado en el curso de dichas reclamaciones o recursos.
- Por la declaración del concurso del deudor o por el ejercicio de acciones civiles o penales dirigidas a cobrar la deuda tributaria.
- Por la recepción de la comunicación de un órgano jurisdiccional en la que se ordene que se paralice el procedimiento administrativo en curso.
- Por cualquier actuación fehaciente del obligado tributario que conduzca al pago o extinción de la deuda tributaria.
¿Cuándo empieza el plazo de prescripción de las deudas con Hacienda?
Dependiendo del tipo de derecho, el plazo de prescripción de las deudas con Hacienda empieza en un momento u otro.
Por ejemplo, en los casos de derecho a determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación, el plazo empieza el día siguiente a la finalización del plazo para presentar la autoliquidación.
No obstante, en los casos de exigencia del pago de las deudas tributarias liquidadas y autoliquidadas, el plazo comienza al día siguiente al plazo de pago en período voluntario.
¿Cómo saber si una deuda con Hacienda ha prescrito?
Si Hacienda no te ha reclamado nada, es probable que la deuda haya prescrito. Teniendo en cuenta los plazos que te hemos comentado, puedes realizar el cálculo tú mismo de forma fácil.
Pero si quieres asegurarte de que la deuda ha prescrito, puedes consultarlo en tus notificaciones dentro de la página web de la Agencia Tributaria. Para ello, solo necesitas introducir tu NIF y la clave PIN. Ahí podrás buscar la deuda que te interese y comprobar si ha sufrido actualizaciones. Si la deuda aparece como prescrita, eso quiere decir que no tendrás que pagarla.
No obstante, si el plazo ha aumentado, la deuda todavía estará vigente.
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